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SCJN avala eliminar este dato de las actas de nacimiento para evitar discriminación

30 abril, 2026
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La Suprema Corte determinó que incluir matrimonios o divorcios en este documento vulnera la privacidad y puede abrir la puerta a discriminación

La Suprema Corte de Justicia de la Nación dio un paso importante en materia de privacidad y protección de datos personales al resolver que el estado civil ya no deberá aparecer en las actas de nacimiento.

La decisión surgió a partir de un caso en Jalisco, donde una persona buscó eliminar de su acta las anotaciones relacionadas con su matrimonio y posterior divorcio. Tras recibir una negativa por parte del Registro Civil, el asunto llegó hasta la SCJN, que terminó declarando inconstitucional esta práctica.

La Corte considera que vulnera derechos

El máximo tribunal concluyó que incluir referencias al estado civil dentro de un acta de nacimiento invade aspectos de la vida privada que no son necesarios para identificar a una persona.

Además, la Corte consideró que este tipo de datos pueden derivar en situaciones de discriminación, afectando derechos relacionados con la igualdad y la protección de datos personales.

Con esta resolución, las autoridades ya no podrán exigir ni incorporar información sobre matrimonios o divorcios al emitir copias certificadas del documento.

El acta debe servir solo para identificar

Especialistas en temas jurídicos han señalado que el fallo fortalece la idea de que el acta de nacimiento debe funcionar únicamente como un medio de identificación oficial, sin exponer información personal innecesaria.

Durante años, las anotaciones marginales sobre cambios en el estado civil fueron parte habitual de estos documentos, aunque su utilidad real para procesos de identificación siempre fue cuestionada.

🚨 #ÚltimaHora I La #SCJN pone un alto a la exposición innecesaria de datos personales.

🔎 El Pleno declaró inconstitucional, con efectos generales, la regla que obligaba a autoridades del Registro Civil de Jalisco a anotar matrimonio y divorcio en las actas de nacimiento.

🔐… pic.twitter.com/kHhG2JPOWf

— Suprema Corte (@SCJN) April 21, 2026

El fallo podría impactar en todo México

Aunque la resolución tiene efectos directos en Jalisco, el criterio establecido por la SCJN marca un precedente relevante para el resto del país.

Esto significa que ciudadanos de otras entidades podrían solicitar actas sin referencias a su estado civil o incluso recurrir a mecanismos legales para exigir este derecho.

La decisión se suma a una tendencia nacional enfocada en reforzar la protección de datos personales dentro de documentos oficiales, en momentos donde la discusión sobre la privacidad cobra cada vez más peso en México.

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