La resolución considera improcedente la demanda promovida por una aspirante que buscaba detener la evaluación, aunque el juzgador no determinó si el examen vulnera o no los derechos de los participantes.
El intento de una aspirante por detener mediante un juicio de amparo el examen de control de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) encontró un primer revés en tribunales, luego de que un juez federal determinara que la demanda no era procedente.
La resolución está relacionada con el alcance de la autonomía universitaria y con la situación jurídica de las personas que todavía se encuentran dentro del proceso de admisión.
Sin embargo, el juzgador no analizó si la aplicación del examen de control es legal o si vulnera los derechos de quienes buscan ingresar a la institución.
Juez considera improcedente el amparo contra la UNAM
De acuerdo con la resolución, el juez calificó la demanda como “indudable y notoriamente improcedente”.
El argumento central está relacionado con la naturaleza de las universidades públicas autónomas. Bajo el criterio utilizado en este caso, este tipo de instituciones no necesariamente tiene el carácter de autoridad para efectos del juicio de amparo cuando se trata de decisiones relacionadas con sus procesos de admisión.
Por ello, el juzgador determinó que no era posible utilizar este recurso para analizar los argumentos de la aspirante y detener la aplicación de la evaluación.
Aspirante todavía no tiene la calidad de alumna
Uno de los puntos relevantes de la resolución es la situación jurídica de la persona que promovió el amparo.
El juez consideró que una persona que todavía participa en un proceso de selección no adquiere automáticamente la calidad de estudiante de la UNAM.
Para obtener esa condición debe cumplir con los requisitos establecidos por la institución, ser admitida y completar posteriormente el proceso de inscripción.
Bajo esta interpretación, mientras ese procedimiento no se concrete, la aspirante no cuenta con los mismos derechos y obligaciones que corresponden a una persona formalmente inscrita en la Universidad.
El proceso de admisión todavía no había terminado
Otro de los argumentos considerados por el juez fue que el procedimiento de ingreso todavía se encontraba en desarrollo.
La aspirante habría obtenido un resultado favorable en una primera evaluación, pero posteriormente fue convocada a presentar un segundo examen de control.
Por esta razón, el juzgador consideró que aún existía la posibilidad de que la persona fuera admitida a la UNAM si cumplía con las condiciones establecidas dentro del proceso de selección.
¿El juez determinó que el examen de control es legal?
No.
La resolución no establece que el examen de control sea legal o ilegal.
El juzgador únicamente determinó que el juicio de amparo promovido para intentar detener la evaluación no resultaba procedente bajo el criterio jurídico aplicado en este caso.
Por lo tanto, el tribunal no realizó un análisis de fondo para determinar si el examen afecta los derechos de los aspirantes o si la UNAM actuó correctamente al establecer esta evaluación.
Especialistas ya habían advertido dificultades con el amparo
El caso coincide con advertencias realizadas previamente por especialistas consultados por medios de comunicación sobre las dificultades jurídicas que podía enfrentar un juicio de amparo contra el examen de control.
Los abogados señalaron que esta vía presentaba obstáculos importantes y consideraron poco probable que un juez concediera una suspensión para impedir la aplicación de la evaluación.
La resolución representa así un primer pronunciamiento judicial sobre la procedencia del recurso presentado contra el examen de control, pero no constituye una sentencia sobre la legalidad de la evaluación ni resuelve de fondo la controversia relacionada con el proceso de admisión de la UNAM.




