Suprema Corte falla a favor de la SEP sobre la reprobación de alumnos de educación básica

La Corte respaldó el acuerdo que limita la reprobación y permite mayor permanencia escolar en primaria y preescolar, aplicable también a escuelas privadas.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó el acuerdo emitido por la Secretaría de Educación Pública (SEP) que flexibiliza los criterios de evaluación y acreditación en educación básica, una medida que aplica tanto a escuelas públicas como privadas en todo el país.

La resolución se originó a partir de un amparo promovido por el Colegio El Roble, institución privada que buscaba conservar la facultad de reprobar estudiantes que no cumplieran con los estándares académicos internos. Sin embargo, el máximo tribunal determinó que la autoridad educativa federal tiene atribuciones para establecer reglas generales en la materia.

¿Qué establece el acuerdo de la SEP?

El Acuerdo 10/09/23 de la SEP introduce cambios en los criterios de evaluación y promoción escolar en nivel básico. Entre los principales puntos destacan:

  • Promoción automática en preescolar y primer grado de primaria
  • Eliminación del porcentaje mínimo obligatorio de asistencia para acreditar el ciclo escolar
  • Mecanismos de regularización para alumnos con materias no aprobadas
  • Aplicación obligatoria en escuelas públicas y privadas

Aunque no elimina por completo la reprobación, sí establece un esquema más flexible para evitar la repetición de grado en la mayoría de los casos.

¿Por qué la SEP impulsó esta medida?

La SEP argumentó que el objetivo central es garantizar el derecho a la educación y reducir la deserción escolar. La autoridad educativa señaló que factores como la situación económica, problemas familiares o condiciones de salud pueden afectar el desempeño académico de los estudiantes.

Asimismo, sostuvo que repetir un grado no siempre mejora el aprendizaje y, en muchos casos, puede aumentar el riesgo de abandono escolar.

Escuelas privadas también deberán cumplir

Uno de los puntos más relevantes de la resolución es que las instituciones privadas también deberán acatar los lineamientos de la SEP.

El Colegio El Roble había argumentado que debía conservar autonomía para definir sus propios criterios de evaluación; sin embargo, la SCJN determinó que la regulación educativa es competencia del Estado mexicano en educación básica.

Con esta decisión, el esquema de promoción flexible se consolida como una política obligatoria dentro del sistema educativo nacional.

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