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¿El 1 de septiembre es día de descanso? La Ley Federal del Trabajo aclara si se paga doble, triple o normal

27 agosto, 2026
¿El 1 de septiembre es día de descanso? La Ley Federal del Trabajo aclara si se paga doble, triple o normal
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El informe presidencial se realizará el martes 1 de septiembre, pero la fecha no está contemplada como día de descanso obligatorio para los trabajadores en México.

El próximo martes 1 de septiembre de 2026, la presidenta Claudia Sheinbaum presentará su Segundo Informe de Gobierno, una fecha relevante para la vida política del país que también suele generar dudas entre los trabajadores sobre si tendrán que acudir a sus empleos o recibirán un pago adicional.

Sin embargo, el hecho de que se lleve a cabo el informe presidencial no convierte al 1 de septiembre en un día de descanso obligatorio.

Por lo tanto, las personas que deban trabajar durante esa jornada recibirán su salario correspondiente a un día laboral ordinario.

¿El 1 de septiembre es feriado oficial en México?

El artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo establece cuáles son los días considerados como descanso obligatorio en México.

El 1 de septiembre no aparece dentro de esta lista, por lo que la presentación del Segundo Informe de Gobierno de Claudia Sheinbaum no modifica las obligaciones laborales de los trabajadores.

En consecuencia, quienes trabajen el martes 1 de septiembre deberán recibir su salario habitual, sin que exista la obligación de pagar una cantidad adicional únicamente por tratarse de la fecha del informe presidencial.

¿Por qué existe confusión sobre el 1 de septiembre?

La duda tiene relación con la importancia que históricamente tuvo esta fecha en la vida política de México.

Durante varias décadas, el 1 de septiembre estuvo marcado por una intensa actividad política e institucional y llegó a ser conocido popularmente como el “Día del Presidente”.

La dinámica cambió después de las modificaciones constitucionales realizadas en 2008 al artículo 69, que eliminaron la obligación de que el titular del Ejecutivo acudiera personalmente al Congreso de la Unión para entregar el informe.

Actualmente, la legislación laboral establece de manera específica cuáles son las fechas consideradas como días de descanso obligatorio.

Por ello, el informe presidencial no implica que el 1 de septiembre sea automáticamente un día libre para los trabajadores.

¿Qué pasa si trabajo en un día de descanso obligatorio?

La situación es diferente cuando una persona trabaja durante alguna de las fechas que sí están contempladas por la Ley Federal del Trabajo como descanso obligatorio.

En esos casos, además del salario correspondiente al día de descanso, el trabajador tiene derecho a recibir un salario doble por el servicio realizado.

Al sumar ambos conceptos, el pago suele describirse como un pago triple.

Esta disposición no aplica al 1 de septiembre de 2026, debido a que la fecha no está considerada como día de descanso obligatorio por la legislación laboral.

¿Cuáles son los próximos días de descanso obligatorio en 2026?

Después del informe presidencial todavía quedan algunas fechas consideradas como días de descanso obligatorio durante 2026.

Entre ellas se encuentran:

  • 16 de septiembre, por la conmemoración de la Independencia de México.
  • Tercer lunes de noviembre, en conmemoración del 20 de noviembre, aniversario de la Revolución Mexicana.
  • 25 de diciembre, correspondiente a Navidad.

En estas fechas sí aplican las disposiciones especiales de la Ley Federal del Trabajo para quienes tengan que prestar sus servicios.

¿Qué hará Sheinbaum el 1 de septiembre?

La presidenta Claudia Sheinbaum tiene previsto presentar su Segundo Informe de Gobierno desde Palacio Nacional.

Posteriormente, la mandataria contempla realizar actividades en distintas entidades del país para comunicar los avances de su administración.

Sin embargo, la agenda presidencial no modifica las disposiciones laborales vigentes.

Por ello, el martes 1 de septiembre de 2026 será una jornada laboral ordinaria para la mayoría de los trabajadores y no generará por sí misma un pago doble o triple.

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