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La actriz cubana Livia Brito fue vinculada a proceso por el delito de falsedad de declaraciones, luego de que un juez revocara una resolución previa que la había favorecido y concluyera que existen elementos suficientes para que la investigación penal en su contra continúe.
De acuerdo con un documento judicial fechado en febrero de 2026, la determinación se emitió tras un nuevo análisis del expediente relacionado con el conflicto ocurrido años atrás con un fotógrafo, hecho que dio origen a una denuncia formal ante autoridades de la Ciudad de México.
La resolución establece que la actriz deberá enfrentar el procedimiento penal correspondiente, luego de que se considerara que presuntamente incurrió en inconsistencias al rendir su testimonio sobre los hechos. La acusación fue promovida por el paparazzi involucrado, Ernesto Jesús Zepeda Estrada, y su equipo legal, quienes sostienen que Brito negó una agresión ocurrida durante el altercado, lo que motivó la investigación por declaraciones falsas ante la autoridad.
Según consta en el expediente, la vinculación a proceso se sustenta en la probable comisión del delito de falsedad de declaraciones, figura prevista en la legislación penal mexicana cuando una persona proporciona información que no se ajusta a la realidad dentro de una investigación oficial. Un magistrado determinó que los datos aportados por la actriz deben ser analizados en juicio, al existir indicios suficientes para que el caso continúe su curso legal.
El juez de control que revisó el caso resolvió dejar sin efectos una resolución anterior emitida en agosto de 2024, la cual había determinado la no vinculación a proceso de la actriz. En su lugar, ordenó que se reactivara el procedimiento penal, lo que representa un giro relevante en un proceso que se ha extendido por casi dos años.
El origen del caso se remonta a un altercado entre Livia Brito y el fotógrafo, quien la denunció por una presunta agresión mientras realizaba su labor profesional. Tras ese episodio, la actriz compareció ante las autoridades y negó haber ejercido violencia, versión que posteriormente fue impugnada por el denunciante, al señalar presuntas contradicciones en su testimonio.
La constancia emitida por el Poder Judicial de la Ciudad de México detalla que la resolución quedó formalizada a inicios de febrero de 2026, luego de notificarse la decisión adoptada el 28 de enero. En el documento se precisa que la falsedad de declaraciones constituye un agravio no solo para la víctima indirecta, sino también para la sociedad, al tratarse de conductas que afectan el correcto funcionamiento de la administración de justicia.
Finalmente, se informó que la audiencia correspondiente fue programada para finales de febrero de 2026, en una sede judicial ubicada al sur de la capital del país. En dicha diligencia, tanto la defensa de Livia Brito como la parte acusadora deberán presentar sus argumentos, mientras el juez determinará las medidas y resoluciones que procedan conforme al avance del expediente.
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