El conocido cantante de música regional mexicana, Natanael Cano, se encuentra en el centro de la controversia después de recibir una multa por más de un millón de pesos en su reciente concierto en Chihuahua. La sanción se debe a que durante su presentación interpretó narcocorridos y canciones que promueven la violencia y la denigración hacia las mujeres, lo cual está prohibido en el estado de Chihuahua.
El Gobierno Municipal de Chihuahua, a través de la Subdirección de Gobernación de la Secretaría del H. Ayuntamiento, levantó un acta en contra de Natanael Cano, cuyo nombre completo es Nathanahel Rubén Cano Monge, por hacer apología al delito con sus canciones relacionadas con el narcotráfico. La multa impuesta asciende a 12,000 Unidades de Medida y Actualización (UMAS), lo que equivale a un total de un millón 244,880 pesos.
El cantante de 22 años se encontraba realizando su gira Tumbado Tour en Chihuahua cuando se le aplicó esta sanción. Sus canciones, como «CH y la Pizza», «Cuerno Azulado» y «PCR», fueron señaladas por hacer apología del delito, lo cual va en contra de las reformas vigentes en el estado.
El Reglamento de Justicia Cívica del municipio de Chihuahua establece que es una infracción al bienestar colectivo «consumir o incitar el consumo de estupefacientes, psicotrópicos, enervantes, solventes o sustancias tóxicas». Además, el Artículo XVI prohíbe la interpretación o reproducción de contenidos musicales, videos, imágenes o cualquier otro similar que hagan apología del delito o de los autores de hechos ilícitos en espectáculos públicos, artísticos o de variedad.
I- “Consumir o incitar el consumo de estupefacientes psicotrópicos, enervantes solventes o sustancias tóxicas”.
XVI- “Interpretar y/o reproducir contenidos musicales, videos, imágenes o cualquier otro similar que hagan apología del delito o de los autores de hechos ilícitos, en los espectáculos públicos, artísticos o de variedad”.
Natanael Cano también violó los artículos 208 y 209 del Reglamento de Diversiones y Espectáculos para el Municipio de Chihuahua, los cuales se refieren a la correcta realización de espectáculos públicos y la reproducción de narcocorridos o corridos bélicos. El artículo 222 de dicho reglamento establece que la multa por violación a estas disposiciones puede variar entre 1,500 y 5,000 veces el salario mínimo.
“La multa que se impondrá como sanción por violación a las disposiciones contenidas en los artículos 208 fracciones I y VII, y 209 fracción I, que estén relacionadas exclusivamente con la interpretación o reproducción de contenidos musicales, videos, imágenes o cualquier otro similar que hagan apología del delito o de los autores de hechos ilícitos, será equivalente de 1,500 a 5,000 veces el salario mínimo”
La multa impuesta a Natanael Cano ha generado un debate sobre la interpretación artística y los límites de la libertad de expresión en la música, especialmente en el género de los narcocorridos, que a menudo narran historias relacionadas con el crimen organizado y la violencia.
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