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La reciente publicación en el Diario Oficial de la Federación generó dudas entre profesionistas y ciudadanos sobre la validez de la cédula profesional como medio de identificación en trámites administrativos.
Ante la confusión, la Secretaría de Educación Pública (SEP), a través de la Dirección General de Profesiones, emitió el 17 de febrero de 2026 un aviso donde actualiza el estándar de este documento. La modificación sustituye las disposiciones vigentes desde abril de 2018 y delimita con mayor claridad su uso y reconocimiento oficial.
De acuerdo con el aviso, la cédula profesional ya no debe considerarse identificación oficial. La razón es que la facultad legal para acreditar la identidad en México corresponde a la Secretaría de Gobernación, a través del Registro Nacional de Población (RENAPO).
En este contexto, la CURP, particularmente en su versión biométrica, fue definida como fuente única de identidad. Al incorporar fotografía y huellas dactilares, se convierte en el instrumento obligatorio para validar oficialmente la identidad de una persona.
La cédula profesional es un documento expedido por la Dirección General de Profesiones tras el registro formal de un título o grado académico. Su función principal es acreditar que una persona cuenta con estudios concluidos y autorización para ejercer una profesión regulada.
Actualmente, el trámite se realiza de manera digital a través del portal oficial de la SEP. Su objetivo es servir como constancia legal del ejercicio profesional y como vínculo entre el Estado y los colegios de profesionistas, garantizando respaldo académico válido.
Con la actualización publicada en el DOF, se precisa que la cédula únicamente certifica estudios y habilitación profesional, pero no acredita identidad. La reforma busca evitar confusiones con otros documentos oficiales y prevenir usos indebidos.
Aunque la cédula deja de considerarse como tal, continúan vigentes otros documentos para acreditar identidad en México, entre ellos:
• Credencial para votar del Instituto Nacional Electoral (INE)
• Pasaporte
• Licencia de conducir, según normativa estatal
• Credencial del INAPAM, en ciertos casos
• Cartilla del Servicio Militar
• CURP biométrica
Las autoridades reiteraron que la cédula profesional mantiene plena validez para acreditar estudios y profesión, pero ya no debe utilizarse como documento oficial en trámites donde se requiera comprobar identidad legal.
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