La reforma busca reducir el estrés, prevenir el maltrato animal y regular la venta y adopción de mascotas, con multas que pueden superar los 300 mil pesos para quienes incumplan.
El Congreso de la Ciudad de México aprobó una reforma que prohíbe la exhibición física de perros y gatos en proceso de adopción o venta dentro de establecimientos mercantiles, albergues y refugios. La medida establece sanciones económicas que pueden alcanzar hasta 339 mil pesos para quienes mantengan a los animales en vitrinas, jaulas visibles o espacios expuestos al público.
La decisión legislativa se sustenta en estudios que advierten que la exposición constante a ruido, luces intensas y tránsito de personas genera estrés crónico en los animales, provocando conductas anormales como movimientos repetitivos, nerviosismo, apatía e incluso agresividad, lo que afecta directamente su bienestar y constituye una forma de maltrato animal.
Con la reforma, la venta y adopción de perros y gatos deberá realizarse únicamente mediante cita previa. Los animales deberán permanecer en áreas especiales que garanticen seguridad, protección, alimento adecuado, agua limpia y supervisión permanente de un médico veterinario zootecnista, además de personal capacitado.
El nuevo marco legal establece que, en caso de que una adopción no se concrete, el animal deberá ser regresado en un plazo máximo de 72 horas, junto con una cuota de reintegración destinada a su cuidado y reubicación. Asimismo, solo podrán comercializarse perros y gatos que estén esterilizados y desparasitados, y se deberá entregar un certificado de salud que garantice condiciones mínimas y trazabilidad.
La legislación también obliga a los establecimientos a proporcionar información veraz y suficiente sobre los cuidados y el comportamiento de los animales. Se otorga un plazo de 15 días para reclamar atención veterinaria por enfermedades ocultas o en periodo de incubación, y hasta nueve meses en casos de enfermedades congénitas. Además, queda estrictamente prohibida la venta de cachorros menores de cuatro meses.
En caso de incumplimiento, la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial (PAOT) podrá imponer multas que van de 150 a 3 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalentes a montos aproximados de 16 mil 900 a 339 mil pesos.
De acuerdo con estimaciones oficiales, en la capital existen 2 mil 216 establecimientos relacionados con servicios para animales de compañía, lo que incluye tiendas, refugios y clínicas veterinarias, todos los cuales deberán adecuarse a la nueva normativa.
La reforma entrará en vigor 365 días naturales después de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, periodo durante el cual las autoridades deberán emitir los lineamientos específicos sobre las condiciones de los espacios destinados a los animales.




