En la sesión extraordinaria del pasado miércoles, el congreso de Sinaloa aprobó una reforma al artículo VIII. En la que se prohíbe castigar físicamente a los menores de edad.
La aprobación prohíbe que las personas que ejercen tutela, cuatodia o patria protestad sobre un menor de edad, no pueden ejercer castigos en los que se maltrate el cuerpo del menor.
La reforma llamada «Ley Chancla» entrará en vigor luego de que se publique en el diario oficial del estado.
“Abstenerse de cualquier atentado contra su integridad física, psicológica o actos que menoscaben su desarrollo integral; así como de ejercer cualquier tipo de violencia en su contra, en particular el castigo corporal. El ejercicio de su patria potestad, tutela o guarda y custodia no podrá ser justificación para incumplir la obligación prevista en la presente fracción”.
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